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Si eres un actor del Sistema de Salud, es importante para ti tener el conocimiento sobre las diferentes resoluciones vigentes sobre los Lineamientos RIPS JSON y particularmente, sobre el documento: Lineamientos para la generación, validación y envío del Registro Individual de Prestación de Servicios de Salud (RIPS), como soporte de la Factura Electrónica de Venta (FEV) en salud y demás documentos electrónicos (que puedes leer directamente aquí).

Sin embargo sabemos que esas 165 páginas de los Lineamientos RIPS JSON pueden ser un poco difíciles para comprender, o que te pueden tomar mucho tiempo; por ello, nuestra misión es facilitar esa información, así que encontrarás un resumen de cada uno de los capítulos para hacerte ese proceso más sencillo.

 

¿Qué esperar de este artículo?

Este es el artículo introductorio que te ayudará a comprender rápidamente lo consignado en el CAPÍTULO 1 de los Lineamientos RIPS JSON. Es decir, podrás tomarlo como resumen a ese primer capítulo que engloban las GENERALIDADES Y NORMATIVIDAD (al finalizar encontrarás los demás capítulos)

  • Introducción
  • Propósito y alcance
  • Plan de transformación digital
  • Siglas
  • Normativa
  •  

 

Introducción de Lineamientos RIPS JSON

El Ministerio de Salud y Protección Social (MinSalud) adelanta un plan de transformación digital que tiene como horizonte la estructuración de un Sistema de Información Público basado en la interoperabilidad de los distintos sistemas de información y registros que coexisten, sectorial e intersectorialmente, integrando plataformas informáticas para acrecentar la eficiencia de los diferentes procesos administrativos, financieros y asistenciales.

Dentro de estos sistemas de información, resaltan:

  • la Historia Clínica Electrónica Interoperable –HCI,
  • el Sistema de Afiliación Transaccional -SAT,
  • el Registro Único Nacional del Talento Humano en Salud –ReTHUS,
  • el Registro Especial de Prestadores de Servicios de Salud –REPS,
  • el Registro Individual de Prestación de Servicios de Salud -RIPS como soporte obligatorio de la Factura Electrónica de Venta -FEV en salud.

Interoperabilidad en Lineamientos RIPS JSON

Específicamente respecto a la Historia Clínica Electrónica Interoperable, permitirá el registro fiel de las actividades realizadas por los Prestadores de Servicios de Salud –PSS y el talento humano de los equipos de salud responsables de la integralidad y complementariedad del proceso de atención, constituyéndose en la piedra angular del desarrollo del Sistema de Información Público del sector salud, por su capacidad de abarcar desde estos registros, a la totalidad de prestadores de servicios de salud, proveedores de tecnologías en salud, y a los pagadores en sus diferentes relacionamientos contractuales y fuentes de financiación (ADRES, Sistema General de Seguridad Social en Salud -SGSSS, regímenes especiales o de excepción, SOAT, medicina prepagada, práctica privada, etc.).

En esta ruta, el Ministerio de Salud y Protección Social, está adelantando el proceso de reglamentación del artículo 15 de la Ley 1966 de 20192, donde se establece que el único documento válido para efectuar el cobro de servicios y tecnologías de salud prestados es la Factura Electrónica de Venta –FEV- en salud con validación previa de la DIAN, y que el Registro Individual de Prestaciones de Servicios de Salud -RIPS es obligatorio para la presentación y pago de la factura de venta , expidiéndose las Resoluciones 510 y 2805 de 2022.

El punto de partida para el trámite de reconocimiento y pago de la atención brindada será el Registro Individual de Prestaciones de Servicios de Salud – RIPS (según las Resoluciones 1036 y 2806 de 2022), normas en las cuales se propone un flujo oportuno y directo desde los facturadores electrónicos del sector salud, de la información administrativa y asistencial soportada en la historia clínica y los demás registros de atención, adquiriéndose para el RIPS una nueva estructura, contenido estandarizado y generación explícita de validaciones y relacionamiento de datos, que serán verificados a través del mecanismo único de validación dispuesto para el efecto por este ministerio.

El relacionamiento de la información administrativa y financiera de la factura de venta en salud validada previamente por la DIAN, con la información asistencial del RIPS validado a través del mecanismo único de validación del Ministerio, junto con los demás soportes de ley (estos últimos enviados solamente al pagador), aportan la información suficiente y necesaria para que una vez transmitida electrónicamente al pagador a través de canales que garanticen su autenticidad, se dispare el hito de radicación de la factura.

A partir de este hecho, se inicia el proceso de reconocimiento y pago de la prestación y provisión de servicios y tecnologías de salud, atendiendo los tiempos y términos definidos en la ley, optimizándolo y dándole trazabilidad, permitiendo, además, la consolidación de información para el seguimiento de la condición de salud del país y de la prestación de servicios, teniendo en cuenta, entre otras el comportamiento de variables demográficas, epidemiológicas y financieras necesarias en la gestión de la salud pública, así como de la información base de los procesos de dirección, regulación y control del SGSSS y del sector salud en general.

Adicionalmente, el RIPS como soporte de la FEV en salud aporta de manera decisiva en la implementación del Registro de Contratación y el Sistema Integral de Información Financiera y Asistencial –SIIFA, siendo estos los instrumentos a través de los cuales es posible efectuar en el SIIFA, la actualización de las diferentes etapas que surten el proceso de reconocimiento y pago de los servicios y tecnologías de salud desde su realización, facturación, y aplicación de devoluciones, glosas y respuestas, hasta la generación de las notas crédito o débito que llevan a la aceptación y pago de la factura.

A su vez, los RIPS constituyen una fuente esencial de datos para la definición de la política pública en razón a la capacidad de consolidar el relacionamiento entre la prestación o provisión de tecnologías en salud con el reconocimiento y pago de las mismas.

La información que progresivamente se consolide y los históricos utilizables, deberá estar disponible para todos los participantes del sector salud y la población en general a través del Sistema de Información Público, conforme lo cual, entidades y personas tendrán acceso al conjunto de datos o a los reportes que requieran para el cumplimiento de las funciones y competencias que les han sido determinadas por la ley o para el ejercicio ciudadano del derecho fundamental a la salud.

En los siguientes capítulos se definen los aspectos operativos y tecnológicos para la generación, validación y transferencia de datos del RIPS como soporte de la FEV en salud, estableciéndose en detalle los lineamientos, así como los estándares para la debida implementación de la normatividad por parte de los facturadores electrónicos del sector salud.

En el Repositorio Institucional Digital — RID del Portal Web del Ministerio de Salud y Protección Social, tema RIPS y en el micrositio de Factura Electrónica de Venta en salud, se encontrará la versión vigente de estos lineamientos y de los documentos y herramientas técnicas emitidos por el Ministerio, cuyas actualizaciones están relacionadas con la forma de cómo se deben registrar y validar los diferentes datos, y las especificaciones para el envío de estos.

 

 

Propósito y alcance (nuevos lineamientos RIPS JSON)

Propósito

  • Con los Lineamientos RIPS JSON se pretende, brindar a todos los participantes del sistema de salud, la información necesaria para la comprensión del proceso de generación, validación y envío de los RIPS como soporte de la Factura Electrónica de Venta – FEV en salud, además de constituirse en referente técnico para la implementación de las Resoluciones 510, 1036, 2805 y 2806 de 2022, y las normas que las modifiquen o sustituyan.

Alcance

  • Identificar la secuencia de procesos y el detalle de las actividades que deben desarrollarse por los facturadores electrónicos del sector salud para generar, validar y enviar el RIPS como soporte de una FEV en salud bajo cualquier modalidad de contratación, especificando cómo deben utilizarse los campos de datos definidos en la norma para que el facturador electrónico en salud informe y envíe cada uno de estos campos identificándolo mediante consecutivos que asocian al usuario y el registro del servicio a nivel de código, para todos los servicios y tecnologías de salud objeto de facturación.
  • Ilustrar el manejo al interior del RIPS como soporte de la FEV en salud, de las eventuales causas de devoluciones, glosas (u objeciones) y respuestas, que surgen en desarrollo de los acuerdos de voluntades suscritos. Incluye igualmente, las particularidades que deben seguirse en este proceso por las entidades obligadas a generar y reportar el RIPS sin factura.

Las observaciones, sugerencias e inquietudes que se presenten sobre el documento de Lineamientos RIPS JSON (LINEAMIENTOS PARA LA GENERACIÓN, VALIDACIÓN Y ENVÍO DEL REGISTRO INDIVIDUAL DE PRESTACION DE SERVICIOS DE SALUD – RIPS, COMO SOPORTE DE LA FACTURA ELECTRÓNICA DE VENTA -FEV EN SALUD), deben dirigirse a la mesa de ayuda según lo dispuesto en el capítulo 7 sobre los Canales de Comunicación.

 

Plan de transformación digital

El proceso de generación del RIPS como soporte de la FEV en salud acoge los lineamientos generales de la Política de Gobierno Digital y al Decreto Único Reglamentario del sector de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.

La política de Gobierno Digital se constituye en el eje fundamental para lograr la transformación digital del Estado, en el mismo camino, los lineamientos RIPS JSON (es decir, el RIPS como soporte de la FEV en salud) tiene como objetivo potenciar la generación de valor social y económico en el país a través del uso estratégico de tecnologías digitales para impulsar la productividad y favorecer el bienestar de los ciudadanos, así como generar los habilitadores transversales para la transformación digital sectorial, de manera que Colombia pueda aprovechar las oportunidades y enfrentar los retos relacionados con la Cuarta Revolución Industrial (4RI).

El Plan de Transformación Digital del Ministerio de Salud y Protección tiene una visión prospectiva de ejecución para los próximos años, en la que se incluirán todos los ámbitos, guías y herramientas vigentes expedidas por Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones para su construcción y que permitan garantizar la incorporación y el uso de tecnologías emergentes y disruptivas.

Es así como, el desarrollar una solución tecnológica que permita recibir, validar, transmitir al Ministerio de Salud y Protección Social y disponer la factura electrónica de venta en salud y de los documentos electrónicos asociados a la misma (notas crédito y notas débito, y las notas de ajuste del RIPS y los RIPS asociados a los mismos, los RIPS sin factura y las Facturas electrónicas de venta en salud sin RIPS) aporta a la construcción de la senda de la transformación digital institucional, desarrollando su rol estratégico como cabeza de Sector y liderando iniciativas de TI que deriven en soluciones reales.

 

Siglas

Siglas en los Lineamientos RIPS JSON

Normativa (tomada en cuenta para los lineamientos RIPS JSON)

  • Ley 100 de 1993: sistema de seguridad social integral y otras disposiciones – Artículo 173.
  • Ley 1122 de 2007:modificaciones en el Sistema General de Seguridad Social en Salud – Artículo 13, literal D y artículo 44, parágrafo 2°
  • Ley 1438 del 19 de enero de 2011: reforma el Sistema General de Seguridad Social en Salud – Artículos 56, 57, 112, 114, 116 y 130.
  • Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018. Ley 1753 de 2015:  Artículo 65.
  • Ley 2015 de 2020: historia clínica electrónica interoperable – Artículo 3°.
  • Ley 1955 de 2019: Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022. “Pacto por Colombia, pacto por la equidad” – Artículo 243.
  • Ley 1966 de 2019: gestión y transparencia en el Sistema de Seguridad Social en Salud – Artículos 3, 4 y 15.
  • Resolución 866 de 2021: datos clínicos relevantes para la interoperabilidad de la historia clínica – Artículo 8.
  • Decreto 780 de 2016: expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Salud y Protección Social.
    • Capítulo 4 Subcuenta de Seguro de Riesgos Catastróficos y Accidentes de Tránsito – ECAT. Artículo 2.6.1.4.1 y siguientes.
    • Título 4: Planes Voluntarios de Salud. Artículo 2.2.4.1 y siguientes, Artículo 2.2.4.1.20, Artículo 2.2.4.1.30, Artículo 2.2.4.1.35”
  • Decreto 441 de 2022: sustituye el Capítulo 4 del Título 3 de la Parte 5 del Libro 2 del Decreto 780 de 2016 relativo a los acuerdos de voluntades entre las entidades responsables de pago. Artículo 2.5.3.4.4.1
  • Resolución 510 de 2022: campos de datos adicionales para la generación de la factura electrónica de venta en el sector salud – Artículo 4, parágrafos 1, 2 y 3. Artículo 5, parágrafos 1 y 3.
  • Resolución 1036 de 2022: reglamenta el Registro Individual de Prestación de Servicios de Salud.
  • Resolución 2805 de 2022: modifica la Resolución 510 de 2022 en el sentido de sustituir su anexo técnico
  • Resolución 2806 de 2022: modifica la Resolución 1036 de 2022 en relación con el plazo para la implementación del Registro Individual de Prestación de Servicios de Salud.
  • Resolución 3047 de 2008: Formatos, mecanismos de envío, procedimientos y términos a ser implementados en las relaciones entre prestadores de servicios de salud y entidades responsables del pago de servicios de salud, definidos en el Decreto 4747 de 2007”
  • Resolución 1557 de 2023: Mecanismo único de validación del Registro Individual de Prestación de Servicios de Salud – RIPS como soporte de la Factura Electrónica de Venta en Salud y se dictan otras disposiciones
  • Resolución 1405 de 2022: codificación para dispositivos médicos de uso humano y reactivos de diagnóstico in vitro
  • Resolución 1403 de 2007: Manual de Condiciones Esenciales y Procedimientos y se dictan otras disposiciones

 

 

Aquí puedes encontrar las siguientes partes a modo de resumen sobre los Lineamientos RIPS JSON vigentes:

  • Capítulo 2: Modelo Funcional
  • Capítulo 3: Generación de los datos
  • Capítulo 4: Validación de los datos
  • Capítulo 5: Envío de los datos
  • Capítulo 6: Plan de continuidad
  • Capítulo 7: Mesa de Ayuda